A- de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Federacion Nacional De Cafeteros·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar solicitud de nulidad de auto A. 247/12 por extemporánea
- Notificación debe hacerse por estados, pues la normatividad que regula casos o materias semejantes es el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y
- Presupuestos materiales de procedencia
- Legitimación activa
- Término de tres días siguientes a la notificación del fallo
- Requisitos formales de procedencia
- Improcedencia de recursos
- Revisión eventual
- Carga argumentativa de quien la invoca
- Procedencia excepcional por notoria y flagrante vulneración del debido proceso
- Procedencia sólo por irregularidad ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Negar solicitud de nulidad de sentencia T-448/13
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La solicitud de nulidad se basó en que la Sala de Revisión violó el derecho fundamental al debido proceso al omitir un tema que debía ser fallado, al no proferirse una nueva sentencia como lo hace la Corte Suprema de Justicia en sede de Casación, con lo que se dejaron de considerar los argumentos de defensa presentados en el proceso ordinario, en los que se expresó la ausencia de responsabilidad por las obligaciones de la accionada y empleadora del tutelante.
La Corte concluye que la falta de ejercicio en el derecho de contradicción y defensa en el trámite de tutela, no puede ser suplida mediante la solicitud de nulidad, máxime cuando el asunto invocado no altera o influye en la decisión adoptada en sede de tutela.
Se DENIEGA la solicitud de nulidad de la sentencia T-448/13.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-448 de 2013, proferida por la Sala Segunda de Revisión.
- SEGUNDO. Comuníquese la presente providencia al nulicitante, informándole que contra ella no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.